La cantante Miley Cyrus

SANTO DOMINGO.- La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía prohibió la presentación de la cantante Miley Cyrus, programado para el 13 de septiembre en el Estadio Quisqueya de República Dominicana, alegando que la cantante estadounidense  “acostumbra en sus conciertos actos reñidos con la moral y las costumbres penados por las leyes dominicanas”.

“Mediante acto de alguacil No.356-2014, se hace constar a las empresas SD Concerts en la persona de su presidente Saymon  Díaz y Live Nation en fecha 04 de agosto  del presente, la resolución No. 001-2014 de la CNEPR, se le notifica y advierte de la no presentación  del evento artístico de Miley Cyrus, y de cualquier presentación artística similares en éste país” expresa un comunicado difundido la tarde de este jueves. 

“La CNEPR en el ejercicio de las atribuciones dadas por la Constitución de la República del reglamento 824 de ley 1951, del decreto 4306, cuya responsabilidad es evitar que en  la República Dominicana se efectúen espectáculos públicos que ofendan la moral, las buenas costumbres y relaciones con países amigos,  hace la prohibición debido a que la cantante Miley Cyrus acostumbra en sus conciertos a realizar actos reñidos con la moral y las costumbres penadas por las leyes dominicanas”.

Dice que, además de la presentación con vestuarios inadecuados, la artista utiliza lenguaje e imágenes que incitan al sexo y a la violencia. Agrega que la “corrupción del lenguaje, imágenes y frases perversas, frases con doble sentido, apología del crimen,  violencia y actos denigrantes para el culto cívico, la incitación al sexo, sexo lésbico uso de objetos  inadecuados en público”.

La dependencia que preside JM Hidalgo subraya que los actos de la cantante Miley Cyrus, atentan contra la integridad personal y son violatorios de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Dice que la notificación es realizada a SD Concerts y Live Nation, debido a que son los responsables de la producción del evento artístico en el país, teniendo la CNEPR la facultad de someter a la acción de la justicia a los que infrinjan esta o cualquier disposición legal confiada a su vigilancia, por lo que debe de estar sujeta a las normas prescritas por la ley.